últimas medidas tributarias aprobadas

Últimas medidas tributarias aprobadas

Paquete de las últimas medidas tributarias aprobadas por el Consejo de Ministros

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes una subida del Impuesto de Sociedades por la puerta de atrás, mediante la eliminación de deducciones fiscales, así como un nuevo aumento de los Impuestos Especiales sobre el tabaco y el alcohol, además de elevar las cotizaciones a las rentas altas -ampliando la base máxima-, entre otras medidas.

Capítulo aparte, los dirigentes del gobierno, han faltado a la verdad al negar haber prometido que bajarían los impuestos en la última campaña electoral. Consideramos que los ciudadanos han sufrido, en los últimos años, un total y absoluto desprecio por el abuso impositivo y las interminables contradicciones que parecen apuntar a un interés particular por mantenerse en el poder.

Dicho paquete, junto a las medidas contra el fraude, recaudarán en total hasta 7.000 millones más al año. Las nuevas medidas tributarias “no afectan ni a las PYMES ni a los autónomos,” (¿díganos entonces a quien afecta?) como tampoco se modifica el IRPF ni el IVA.

El Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, publicado en el BOE del 3 de diciembre (con entrada en vigor ese mismo día, salvo una excepción) recoge las siguientes medidas tributarias aprobadas por el Consejo de Ministros:

Últimas medidas tributarias aprobadas: IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Las medidas relativas al Impuesto de Sociedades no modifican tipos nominales (que mantienen el 25% previsto para 2017), sino que limitan las deducciones. La cuantía de recaudación prevista será de 4.650 millones de euros adicionales.
Deducciones que se modifican:
*Exención por dividendos
No deducibilidad de las pérdidas realizadas en la transmisión de participaciones en entidades siempre que se trate de participaciones con derecho a la exención en las rentas positivas obtenidas, tanto en dividendos como en plusvalías generadas en la transmisión de participaciones. Asimismo, queda excluida de integración en la base imponible cualquier tipo de pérdida que se genere por la participación en entidades ubicadas en paraísos fiscales o en territorios que no alcancen un nivel de tributación adecuado.
* Reversión de los deterioros de valor de participaciones
La reversión de los deterioros de valor de participaciones que resultaron fiscalmente deducibles en periodos impositivos previos a 2013 y que a partir de esa fecha no lo son deberá realizarse por un importe mínimo anual, de forma lineal durante cinco años. En este Real Decreto-Ley se establece la incorporación automática de los referidos deterioros, como un importe mínimo, sin perjuicio de que resulten reversiones superiores por las reglas de general aplicación, teniendo en cuenta que se trata de pérdidas estimadas y no realizadas que minoraron la base imponible de las entidades españolas.
* Limitación a la compensación de Bases Imponibles Negativas
Se limita la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores para grandes empresas en los siguientes porcentajes:

Empresas con importe neto de la cifra de negocios superior a 60 millones, el 25 %.

Empresas con importe neto de la cifra de negocios entre 20 y 60 millones, el 50 %.

Adicionalmente, se establece un nuevo límite para la aplicación de deducciones por doble imposición que se cifra en el 50 % de la cuota íntegra, para empresas con importe neto de la cifra de negocios superior a 20 millones de euros, aplicándose esta medida en el año 2016.

Últimas medidas tributarias aprobadas: IMPUESTOS ESPECIALES

Las medidas relativas a impuestos especiales (alcohol, tabaco) permiten acercar la recaudación por fiscalidad indirecta a la media de los países de la UE. La cuantía de recaudación a través de las últimas medidas de tributación aprobadas se estima que será de 150 millones de euros adicionales: 100 millones por Tabacos y 50 por Impuesto al Alcohol
* Impuesto sobre productos intermedios, alcohol y bebidas derivadas
Se incrementa en un 5% la fiscalidad que grava el consumo de los productos intermedios y del alcohol y de las bebidas derivadas tanto en la península como en las Islas Canarias. No se modifican los tipos impositivos de la cerveza y del vino. Con la nueva modificación, aunque estos siguen siendo de los más bajos de la UE, se contribuye a reducir la diferencia de fiscalidad existente con la del resto de Estados miembros.
* Impuesto sobre las labores del tabaco
Se incrementa el peso del componente específico frente al componente ad valorem a la vez que se efectúa el consiguiente ajuste en el nivel mínimo de imposición, tanto para cigarrillos como para picadura para liar.

Últimas medidas tributarias aprobadas: IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO

Se procede a prorrogar durante 2017 la exigencia de su gravamen, en aras de contribuir a mantener la consolidación de las finanzas públicas, fundamentalmente, de las comunidades autónomas.

a) APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS

* Se suprime la excepción normativa que abría la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de las retenciones e ingresos a cuenta.
* No podrán ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento las liquidaciones tributarias confirmadas total o parcialmente en virtud de resolución firme cuando previamente hayan sido suspendidas durante la tramitación del correspondiente recurso o reclamación en sede administrativa o judicial.
* Se elimina la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de obligaciones tributarias que deba cumplir el obligado a realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
* Se elimina la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de los tributos repercutidos, dado que el efectivo pago de dichos tributos por el obligado a soportarlos implica la entrada de liquidez en el sujeto que repercute. Por tanto, solo serán aplazables en el caso de que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas.
Se establece, con éstas últimas medidas tributarias aprobadas, un régimen transitorio de los aplazamientos y fraccionamientos, para aquellos cuyos procedimientos se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2017, que se regirán por la normativa anterior a dicha fecha hasta su conclusión.

b) COEFICIENTES DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES CATASTRALES

La aprobación de los coeficientes de actualización de los valores catastrales para 2017 supone una medida que tiene una repercusión inmediata en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles ya que dicho impuesto se devenga el 1 de enero de cada año natural.

Últimas medidas tributarias aprobadas: SUSPENSIÓN DE LA COMPENSACIÓN A CANARIAS

Asimismo, con las últimas medidas tributarias aprobadas se incorpora una precisión del acuerdo de suspensión de la compensación por supresión del IGTE de Canarias adoptado en Comisión Mixta de Transferencias Administración Estado-Comunidad Autónoma de Canarias el 16 de noviembre de 2015; con ello, queda clarificado que dicha suspensión debe entenderse en términos de devengo dotando así de mayor seguridad jurídica a las relaciones financieras entre las partes firmantes del mencionado Acuerdo.

Además el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que contempla una serie de medidas destinadas a la prevención y corrección del fraude fiscal, fundamentalmente en el ámbito del IVA mediante la puesta en marcha del nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) que permitirá a la Agencia Tributaria obtener información casi en tiempo real de las transacciones y, por tanto, mejorando el control tributario.
Esta medida se enmarca en un paquete de medidas de lucha contra el fraude, junto con las incluidas en el Real Decreto-Ley y las que se incluirán en un proyecto de Ley, cuyo impacto se estima en 2.000 millones de euros.

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